Las personas que están interesadas en solicitar asilo en los Estados Unidos tienen 1 año a partir de la fecha de su llegada a los Estados Unidos para presentar una solicitud de asilo. Si llegó a los Estados Unidos pero no presentó su solicitud de asilo dentro del plazo de 1 año, aún puede tener otras opciones para los beneficios de inmigración. Debe comunicarse con un abogado de inmigración con experiencia en JRQ & Associates, LLC para una consulta de inmigración gratuita para determinar cuál puede ser su mejor curso de acción.
Si cree que califica para el asilo en los Estados Unidos, lo más probable es que también califique para la retención de la deportación. La retención de la deportación impide que los Estados Unidos devuelvan a un individuo a su país de origen donde la vida del individuo se vería amenazada debido a la persecución basada en: raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social establecido o debido a la opinión política de uno. Los requisitos para la retención de la expulsión son similares a los requisitos para el asilo, pero difieren de varias maneras diferentes. Primero, los solicitantes de retención de deportación no están obligados a solicitar dentro del primer año de llegada a los Estados Unidos. En segundo lugar, la retención de los solicitantes de deportación debe demostrar que lo más probable es que sean perseguidos si son expulsados de los Estados Unidos a su país de origen. En tercer lugar, la retención de la expulsión tampoco le permite al solicitante presentar solicitudes derivadas (petición de familiares que han huido de su país junto a usted). La retención de las solicitudes de deportación se realiza de forma individual, por lo que si viaja con su familia, deberá presentar una solicitud de retención de deportación para cada miembro de la familia. La mayor diferencia entre el asilo y la retención de la deportación es que la retención de la deportación no otorga al solicitante un derecho a la autorización de empleo o un camino hacia la residencia legal permanente (una tarjeta verde). Si se le concede la retención de la expulsión, tampoco se le garantizará el derecho a regresar a los Estados Unidos si decide abandonar el país en el futuro. Los beneficiarios de la retención de la deportación deben demostrar un buen carácter moral durante su tiempo en los Estados Unidos. El Gobierno de los Estados Unidos se reserva el derecho de revocar su estatus migratorio basado en la recepción de una condena penal. Por último, un beneficiario de la retención de la expulsión puede revocar su retención si las condiciones en el país de origen de la persona han cambiado de tal manera que ya no existe la posibilidad de persecución. Para obtener más información sobre la retención de la deportación, comuníquese con un abogado de inmigración con experiencia en JRQ & Associates, LLC para una consulta de inmigración gratuita.
La Convención contra la Tortura (CAT) es un tratado internacional de derechos humanos creado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en 1984. El objetivo de la Convención es prevenir la tortura y otros actos, tratos o castigos inhumanos de ciudadanos de todo el mundo. La Convención impide que un país devuelva o deporte a una persona a su país de origen si el solicitante puede demostrar un temor razonable de ser torturado en su país de origen. La Convención aspira a garantizar el bienestar de los ciudadanos de todos los países. Los solicitantes pueden calificar para la retención de la expulsión en virtud de la Convención contra la Tortura si cumplen criterios similares a los de los solicitantes de asilo. Se debe determinar que el solicitante tiene miedo de regresar a su país de origen debido a la persecución o tortura en el pasado por parte de una organización o del propio país. El Gobierno también exige que el solicitante demuestre que tiene un temor fundado de que la persona siga siendo perseguida si se le exige que regrese a su país de origen. La tortura experimentada por el solicitante, a diferencia de las solicitudes de asilo, no tiene por qué estar relacionada con la raza, la religión, la nacionalidad, la pertenencia a un grupo social establecido o debido a la opinión política del individuo. Finalmente, el solicitante debe demostrar la aquiescencia gubernamental a la tortura que el solicitante experimentó antes de huir de su país de origen. Los informes de países, informes policiales y artículos de noticias se utilizan normalmente para probar la aquiescencia del gobierno porque pueden informar a los lectores sobre las condiciones actuales del país. Al igual que la retención de la expulsión, la Convención contra la Tortura no otorga al destinatario un derecho a la autorización de empleo o un camino hacia la residencia permanente legal (una tarjeta verde). La Convención y el Gobierno de los Estados Unidos definen la tortura de manera amplia. La tortura puede variar desde amenazas, infligir daño, ser arrestado, ser secuestrado o ser asesinado. El solicitante debe demostrar algo más que simple acoso para satisfacer el requisito de tortura. Los solicitantes que calificarían para el asilo, pero que no han cumplido con la fecha límite de presentación de 1 año a menudo pueden demostrar que califican bajo los estándares de la Convención con la ayuda de un abogado de inmigración con experiencia. Póngase en contacto con un abogado de inmigración con experiencia en JRQ & Associates, LLC para una consulta de inmigración gratuita para ver si calificaría para el alivio bajo la Convención contra la Tortura.
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